lunes, 20/01/14 -
18:00
Bruno Perez
Empleo
incluye en la Reforma de la Administración un cambio en el modelo de la
Inspección Laboral que reservaría al Estado el control sobre las empresas de implantación nacional.
La aplicación del modelo desactivaría el traspaso de competencias en la materia realizado a Cataluña y el País Vasco por el Ejecutivo de Zapatero.
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La ministra destructora de Empleo, Fátima Báñez, y el presidente de CEOE Pillo lo que puedo, Juan Rosell. |
Crear una
Unidad Especial de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social
que, al estilo de lo que ocurre con la Delegación de Grandes
Contribuyentes de la Agencia Tributaria, se dedique en exclusiva al
control del cumplimiento de la normativa laboral y de orden social en
las principales empresas del país, que tenga competencias sancionadoras y
que dependa orgánica y funcionalmente del Ministerio de Empleo.
Éste es el proyecto más ambicioso que se ha planteado la ministra de Empleo y Seguridad Social,
Fátima Bañez, para los próximos meses.
Ambicioso no sólo porque supondría la mayor reforma llevada a cabo en
la Inspección de Trabajo en los últimos lustros, sino también porque
implica un desafío político de
caza mayor: recuperar las
competencias en la materia traspasadas a Cataluña y el País Vasco en su
día por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.
En concreto, lo que pretende el Ministerio de Empleo, y así lo ha
reflejado en el Plan de Reforma de las Administraciones Públicas, es
atribuir a una Unidad Especial adscrita a la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social (ITSS) las "competencias inspectoras sobre empresas de
ámbito nacional, también en materias de competencia de las comunidades
autónomas".
Y no sólo las competencias inspectoras, sino también la
capacidad de sancionar a
las empresas por las eventuales irregularidades que se detectaran en
las actuaciones de dicha Unidad Especial de la Inspección de Trabajo.
¿En qué cambiaría este nuevo esquema el sistema actual? En primer
lugar, centralizaría en el Estado toda la actuación inspectora sobre las
principales empresas del país. A día de hoy es
competencia autonómica,
por ejemplo, el control de los convenios colectivos de ámbito regional o
provincial, de las actuaciones de las ETT, del cumplimiento de la
jornada laboral, de la realización de horas extra dentro de los límites
legales, de la correcta aplicación de las medidas pactadas en un
expediente de regulación de empleo o del respeto a las medidas de
prevención de riesgos laborales.
Aunque donde realmente sería relevante el cambio
sería en Cataluña y el País Vasco,
que desde 2010 y 2011, respectivamente, tienen traspasadas numerosas
competencias en materia de la Función Pública Inspectora de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
En el
decreto de traspaso de Cataluña,
por ejemplo, se atribuía a la Generalitat las competencias de control
sobre relaciones laborales, condiciones del trabajo, políticas activas
de empleo, cualificaciones profesionales, intermedicación laboral,
prevención de riesgos... y toda una sería de materias que, en la
práctica, dejaba
en manos de la Inspección Territorial todo el control en materia laboral de las empresas radicadas en la comunidad autónoma.
El control...y las competencias sancionadoras, que también ejecutan las Inspecciones Territoriales catalana y vasca.
Todas esas atribuciones pasarían a la nueva Unidad Especial en el
caso de empresas con implantación en todo el Estado o en la mayor parte
del mismo.
La única concesión hacia las autonomías que ya han recibido esas
competencias sería la creación de una Delegación Especial de la Unidad
en esos territorios para mejorar la coordinación con los equipos
autonómicos de Inspección.
La supervisión del cumplimiento de las obligaciones en materia de
Seguridad Social sigue en manos del Estado, en cumplimiento del
principio de caja única.
Problemas en la vigilancia