dimarts, 4 de juny del 2013

El PP no podrá seguir obstruyendo la investigación de la trama de corrupción Gürtel

SUS ACTUACIONES ENTORPECÍAN Y CONDUCÍAN A "UN CASO PROCESAL"


EL Partido Popular podrá seguir intentando obstruir, frenar y manipular la investigación de la trama Gürtel, la mayor red de corrupción jamás descubierta en España. Pero no podrá hacerlo desde dentro del propio sumario. La Audiencia Nacional ha confirmado la expulsión de este partido como acusación popular y con un auto realmente contundente, que deja al descubierto los manejos de la derecha.


Según se lee en el escrito en que rechaza la apelación del PP sobre su expulsión, la Audiencia Nacional asegura que toma este decisión para "evitar futuras situaciones ambivalentes y generadoras de un verdadero caos procesal donde una misma parte tenga la condición de acusadora pero de facto realice actos más cercanos a la defensa de determinados imputados".

Con esta claridad y contundencia la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal confirma la decisión adoptada por el juez instructor, Pablo Ruz, el pasado 26 de abril y se califica de "encomiable" la labor "depuradora" que ha realizado en el procedimiento, en el que se investigan las actividades que las empresas de Francisco Correa llevaron a cabo para conseguir contratos públicos de administraciones gobernadas por el PP en Madrid y la Comunidad Valenciana.

El auto señala que el cometido del PP en esta causa "no ha sido plenamente congruente con el verdadero ejercicio de la acusación popular, pues más bien corresponde a una auténtica parte coadyuvante en la defensa de los tres imputados", en referencia al extesorero del PP Luis Bárcenas; su mujer, Rosalía Iglesias; y el exdiputado Jesús Merino.

Los magistrados Ángela Murillo, Juan Francisco Martel (ponente) y Carmen Paloma González sostienen que las alegaciones del PP en el sentido de que obraba para la preservación de las decisiones judiciales que se iban acordando "carecen de consistencia y no resultan compatibles con la labor de una verdadera acusación popular de la que dice hacer gala la parte recurrente".

En este sentido, respalda la decisión de Ruz de expulsar al PP como acusación popular a la luz de los "cada vez más diáfanos datos" de que pueda ser "responsable civil" tanto en los hechos que se investigan en la causa principal como en la separada, en la que se realizan pesquisas sobre una "contabilidad marginal" de esta formación política. "Debemos descartar cualquier atisbo de artificiosidad e improcedencia en su expulsión como acusador popular en este procedimiento", señala el tribunal.

"INCONTINENCIA EXPRESIVA" DEL PP
El tribunal también critica la "incontinencia expresiva" que el PP mostraba en su "desdibujado" recurso de apelación contra la decisión del juez Ruz, al considerar que utilizaba "innecesarios epítetos" para calificar de "sorprendente, injusta, incomprensible, arbitraria e inverosímil" y "absoluto sarcasmo" la decisión del instructor.

Estas manifestaciones constituyen, a juicio de los magistrados, "un innecesario exceso que no debe encontrar amparo en el ejercicio del derecho de defensa y que encuentra sus raíces en determinado momento procesal acaecido hace años, cuando a la misma parte interviniente le fue recriminada una conducta similar en la sede del entonces órgano judicial competente por el aforamiento de que gozaban determinados imputados", en referencia al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).

"TIBIA ACTUACIÓN" DEL PP

 
El PP también alegó que intervino "activamente" en la fijación de medidas cautelares para Bárcenas después de que el pasado 25 de febrero declarara que llegó a acumular 38 millones de euros en Suiza. El tribunal recuerda que el abogado del PP, Álexis Godoy, se limitó a no oponerse a las comparecencias quincenales y retirada del pasaporte solicitadas por la Fiscalía.

"Tibia actuación que luego repitió al impugnar de forma extremadamente parca (...) el recurso de apelación interpuesto por Luis Bárcenas contra el auto de adopción de medidas cautelares a él afectantes", recalca la resolución judicial.

En relación con la "buena fe procesal" que, según el PP, ha venido manteniendo en este procedimiento, la Sección Cuarta señala que "el recorrido procesal" realizado por el juez Ruz en el auto en el que acordó la expulsión del PP "no favorece esa visión acusadora activamente implicada en el procedimiento" que esta parte quiere transmitir.

Tras apuntar que el instructor "en ningún momento" ha "cercenado" el derecho del PP a formular las alegaciones que haya considerado pertinentes, el tribunal recuerda que el "cambio de posicionamiento" de la Fiscalía en relación con la documentación bancaria reclamada a Suiza resulta "intrascendente" e "irrelevante" para resolver este recurso.

http://www.diarioprogresista.es/el-pp-no-podra-seguir-obstruyendo-la-investigacion-de-la-trama-31460.htm